PHA-Exchange> ECUADOR: SE CONCEDE PATENTE A F Á RMACO CONTRA EL SIDA

Elizabeth Bravo ebravo at rallt.org
Tue Feb 27 14:09:29 PST 2007


 ECUADOR: SE CONCEDE PATENTE A FÁRMACO CONTRA EL SIDA
 
  
 
Con fecha 11 de enero de 2007 el Comité de Propiedad Intelectual, Industrial
y Obtenciones Vegetales remite a la Dirección de Patentes su resolución en
el caso del compuesto ABACAVIR, antiviral para el tratamiento del SIDA,
mediante la cual otorga en segunda instancia la patente que fuera negada en
primera instancia por la Dirección Nacional de Propiedad Industrial.
Negación que se había dado sobre la base de la resolución de incumplimiento
de requisitos de patentabilidad determinada por los técnicos (químicos y
farmacéuticos) de la Dirección de Patentes.
 
Como se comprenderá, al otorgar la patente se está otorgando un monopolio
sobre la producción y comercialización del medicamento. Éste será de
pertenencia exclusiva de GLAXO ­SMITHKLINE BEECHAM y ningún medicamento
genérico similar podrá competir en el mercado ecuatoriano. Los altos precios
de venta afectarán a quienes padecen de esta terrible enfermedad en el país
y al Estado Ecuatoriano, que compra este producto para atender a los
pacientes de SIDA en los hospitales estatales y en el IESS. Adicionalmente,
tal situación dificultará el trabajo de fundaciones como MÉDICOS SIN
FRONTERAS, quienes ayudan en las campañas contra el SIDA en el Ecuador.
 
Esto pese a que el Ecuador es parte de los países que suscribieron los
acuerdos de DOHA. Cabe indicar que en Colombia se negó la patente en primera
y segunda instancia, en Venezuela no se patentan medicamentos contra el
SIDA, y Brasil tiene políticas muy especiales que impiden las patentes de
medicamentos contra el SIDA  por al menos diez años.
 
Se advierte que igual suerte pueden correr patentes de productos como el
CELECOXIB, un anti-inflamatorio cuestionado por la FDA (organismo de control
sanitario en los Estados Unidos), y negado en reiteradas ocasiones por la
Dirección de Patentes del IEPI. Tal medicamento se encuentra hoy a expensas
de un dictamen de segunda instancia en el citado Comité.
 
Nos preguntamos hasta cuándo?
 
El IEPI es un instituto estatal que, de continuar cometiendo irregularidades
similares a las señaladas en estos ejemplos, causadas por una deficiente
administración, está perjudicando a la salud, a la educación y sobretodo a
la industria. A esto se suma que la actual administración no contempló en el
Estatuto Orgánico de Procesos, publicado en el suplemento del Registro
Oficial 413 de fecha 8 de diciembre del 2006 dos de sus obligaciones
fundamentales: la difusión tecnológica y la educación en Propiedad
Intelectual. Contrariamente a lo que ocurre en países vecinos, el Ecuador no
cuenta con un servicio de publicación permanente de tecnologías de libre uso
en los diferentes campos, que se puedan utilizar para promover el desarrollo
industrial y como apoyo a la investigación.  
-------------- next part --------------
An HTML attachment was scrubbed...
URL: <http://phm.phmovement.org/pipermail/phm-exchange-phmovement.org/attachments/20070227/99a4b471/attachment-0001.html>


More information about the PHM-Exchange mailing list